
¿Qué es el informe de arraigo social en Cataluña?
El informe de arraigo social en Cataluña es un documento que acredita que una persona tiene vínculos sociales y familiares en la comunidad autónoma de Cataluña. Este informe es un requisito obligatorio para aquellas personas que deseen solicitar la autorización de residencia por circunstancias excepcionales, como por ejemplo, el arraigo social.
¿Qué es el arraigo social?
El arraigo social es una figura que se encuentra en el marco de la Ley de Extranjería, por la cual se puede solicitar la autorización de residencia por circunstancias excepcionales. Una de las formas de acreditar el arraigo social es mediante la obtención del informe de arraigo social en Cataluña.
¿Quiénes pueden solicitar el informe de arraigo social en Cataluña?
Todas las personas que residan en Cataluña y que deseen acreditar su arraigo social en la comunidad autónoma pueden solicitar el informe de arraigo social en Cataluña.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar el informe de arraigo social en Cataluña?
Para solicitar el informe de arraigo social en Cataluña es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser mayor de edad o estar emancipado.
- Tener residencia efectiva en Cataluña durante los últimos dos años.
- Acreditar vínculos sociales y familiares en Cataluña.
- No tener antecedentes penales en España ni en el país de origen.
¿Cómo se solicita el informe de arraigo social en Cataluña?
El informe de arraigo social en Cataluña se solicita ante la Secretaría de Inmigración y Ciudadanía de la Generalitat de Catalunya. El solicitante deberá presentar la siguiente documentación:
- Formulario de solicitud debidamente cumplimentado.
- Copia del NIE o del pasaporte.
- Acreditación de residencia en Cataluña durante los últimos dos años.
- Acreditación de vínculos sociales y familiares en Cataluña.
- Certificado de antecedentes penales en España y en el país de origen.
¿Cuál es el plazo para resolver la solicitud del informe de arraigo social en Cataluña?
El plazo para resolver la solicitud del informe de arraigo social en Cataluña es de tres meses desde la presentación de la solicitud. Si en ese plazo no se ha notificado la resolución, se entenderá que la solicitud ha sido estimada por silencio positivo.
¿Qué sucede si se deniega la solicitud del informe de arraigo social en Cataluña?
Si se deniega la solicitud del informe de arraigo social en Cataluña, el solicitante podrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias en el plazo de un mes desde la notificación de la resolución.
Conclusión
El informe de arraigo social en Cataluña es un requisito obligatorio para aquellas personas que deseen solicitar la autorización de residencia por circunstancias excepcionales, como por ejemplo, el arraigo social. Si se cumplen los requisitos, se puede solicitar el informe de arraigo social en Cataluña ante la Secretaría de Inmigración y Ciudadanía de la Generalitat de Catalunya. El plazo para resolver la solicitud es de tres meses, y en caso de denegación se puede interponer recurso de alzada.
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